Código Penal Artículo 291 bis 4 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 291 bis 4. DEBERES PARTICULARES DE LAS AUTORIDADES AMBIENTALES
En los casos en que como resultado del ejercicio de sus atribuciones, las dependencias del Estado o de un Municipio encargadas de la atención del medio ambiente y de los recursos naturales, tengan conocimiento de actos u omisiones que puedan constituir delitos ambientales conforme a lo establecido en este Título, deberán formular ante el Ministerio Público las denuncias correspondientes, sin perjuicio de las que puedan presentarse por cualquier persona interesada.
Las dependencias de la administración pública estatal o municipal competentes, deberán proporcionar los dictámenes técnicos o periciales, así como cualquier otra información, que les sean solicitados por el Ministerio Público o por la autoridad judicial, con motivo de las denuncias presentadas por la comisión de estos delitos.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 291 bis 4 Código Penal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios